Derivado de la Reforma Hacendaria, se modificó el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, estableciéndose excepciones a la reserva fiscal. Lo anterior, permite que este 1 de enero se dé a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Que tengan créditos fiscales firmes
- Que tengan créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados
- Que no sea posible localizarlos en su domicilio fiscal
- Que tengan sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal
- Que se les haya cancelado o condonado algún adeudo fiscal, a partir del 1 de enero de 2014
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